Por: Eduardo Torreblanca
El asunto no es menor si tomamos en cuenta el enorme número de jubilados de empresas en donde hay contratos colectivos de trabajo y que a la fecha están recibiendo un aporte mensual menor al que deberían recibir en la pensión que obtienen por parte del Instituto Mexicano del Seguro Social.
Diría el saber popular que “se los están llevando al baile”. La forma o metodología que se sigue y que determina la cantidad que habrá de recibir el trabajador como jubilación arroja cantidades equivocadas, en contra de los intereses del trabajador en retiro.
Este hallazgo deriva de una historia familiar cuando el padre de Yamilé Moncada decidió jubilarse luego de toda una vida trabajando en Telmex. El IMSS determinó que la cantidad a recibir mensualmente sería de 15 mil pesos aunque a su hija, abogada y con una pasión por investigar le pareció que la cantidad posiblemente era equivocada.
Ahí nació todo. Comenzó a investigar hasta tener la confianza de que esa cantidad era menor a la indicada. Entonces Yamile decidió iniciar un proceso de inconformidad administrativa.
El procedimiento regular por el que se llega a la cantidad que mensualmente recibirá un jubilado deriva de procesos automatizados en el que se dejan fuera detalles que pueden ser muy relevantes para determinar la cantidad final.
El procedimiento de revisión seguido por la abogada, por la vía administrativa, no por el sendero judicial, implica realizar la revisión manualmente de semanas cotizadas y por ende es mucho más preciso el resultado que si derivara de un procedimiento automatizado con aplicación probabilística. No se dejan fuera semanas y se toma en cuenta con precisión el monto de los salarios y de las aportaciones realizadas.
Es decir, no hay forma que en la revisión manual, que demanda invertir entre seis meses y un año, se escapen cantidades. A su padre, al que le calcularon una cantidad de 15 mil pesos, le debieron determinar su jubilación en 30 mil pesos finalmente. La “equivocación”, corregida, implicó que el jubilado, por un plan privado y pensionado por el IMSS percibiera mensualmente el doble de la cantidad que le habían estimado.
Después del padre de Yamile siguieron amigos y cercanos al extrabajador de Telmex y en todos los casos, todos, la revisión administrativa derivó en cantidades superiores a las originalmente marcadas por el proceso automatizado.
Pero el caso no para ahí. Yamile descubre como abogada que es posible que, a pesar de que el trabajador lleve 10 o más años recibiendo una cantidad de jubilación equivocada, es posible solicitar que el error se corrija en cuyo caso el trabajador recibe un año de corrección de la cantidad y de ahí en adelante la cifra correcta. La retroactividad procede en el año inmediato anterior, no más.
La abogada es contundente al afirmar que “todos aquellos trabajadores que tuvieron planes privados de pensión cuentan con una cantidad mensual equivocada e inferior a la que debieran recibir”.
Pero resulta que el error o “error”, posiblemente consentido para no deteriorar más aún las cuentas financieras del Instituto, no es la única cuestión que debiera revisarse para encontrar corrección a los procesos que juegan contra los intereses de los trabajadores.
La actualización anual de la pensión, derivada de incrementos a los salarios mínimos es otro punto.
Hay tres referentes que se toman como válidos para la actualización de una pensión: o lo hace aplicando el porcentaje con el que incrementa el salario mínimo, o se aplica la UMA o se aplica el incremento de la inflación estimado por el INEGI.
Por ahora se ha preferido incrementar la pensión a partir de la UMA que es lo que, precisamente, menos ha beneficiado a los jubilados/pensionados. Según las cuentas de la abogada investigadora, la aplicación de la UMA como referencia de actualización representó para la determinación del incremento de las pensiones una pérdida para el beneficiario de 6.39 por ciento el año pasado.
Pero ese es otro asunto, otro que tendrá seguramente que abordarse tarde o temprano ahora que llega la “cuarta transformación” que desea hacerle justicia a los adultos mayores.
Diría el saber popular que “se los están llevando al baile”. La forma o metodología que se sigue y que determina la cantidad que habrá de recibir el trabajador como jubilación arroja cantidades equivocadas, en contra de los intereses del trabajador en retiro.
Este hallazgo deriva de una historia familiar cuando el padre de Yamilé Moncada decidió jubilarse luego de toda una vida trabajando en Telmex. El IMSS determinó que la cantidad a recibir mensualmente sería de 15 mil pesos aunque a su hija, abogada y con una pasión por investigar le pareció que la cantidad posiblemente era equivocada.
Ahí nació todo. Comenzó a investigar hasta tener la confianza de que esa cantidad era menor a la indicada. Entonces Yamile decidió iniciar un proceso de inconformidad administrativa.
El procedimiento regular por el que se llega a la cantidad que mensualmente recibirá un jubilado deriva de procesos automatizados en el que se dejan fuera detalles que pueden ser muy relevantes para determinar la cantidad final.
El procedimiento de revisión seguido por la abogada, por la vía administrativa, no por el sendero judicial, implica realizar la revisión manualmente de semanas cotizadas y por ende es mucho más preciso el resultado que si derivara de un procedimiento automatizado con aplicación probabilística. No se dejan fuera semanas y se toma en cuenta con precisión el monto de los salarios y de las aportaciones realizadas.
Es decir, no hay forma que en la revisión manual, que demanda invertir entre seis meses y un año, se escapen cantidades. A su padre, al que le calcularon una cantidad de 15 mil pesos, le debieron determinar su jubilación en 30 mil pesos finalmente. La “equivocación”, corregida, implicó que el jubilado, por un plan privado y pensionado por el IMSS percibiera mensualmente el doble de la cantidad que le habían estimado.
Después del padre de Yamile siguieron amigos y cercanos al extrabajador de Telmex y en todos los casos, todos, la revisión administrativa derivó en cantidades superiores a las originalmente marcadas por el proceso automatizado.
Pero el caso no para ahí. Yamile descubre como abogada que es posible que, a pesar de que el trabajador lleve 10 o más años recibiendo una cantidad de jubilación equivocada, es posible solicitar que el error se corrija en cuyo caso el trabajador recibe un año de corrección de la cantidad y de ahí en adelante la cifra correcta. La retroactividad procede en el año inmediato anterior, no más.
La abogada es contundente al afirmar que “todos aquellos trabajadores que tuvieron planes privados de pensión cuentan con una cantidad mensual equivocada e inferior a la que debieran recibir”.
Pero resulta que el error o “error”, posiblemente consentido para no deteriorar más aún las cuentas financieras del Instituto, no es la única cuestión que debiera revisarse para encontrar corrección a los procesos que juegan contra los intereses de los trabajadores.
La actualización anual de la pensión, derivada de incrementos a los salarios mínimos es otro punto.
Hay tres referentes que se toman como válidos para la actualización de una pensión: o lo hace aplicando el porcentaje con el que incrementa el salario mínimo, o se aplica la UMA o se aplica el incremento de la inflación estimado por el INEGI.
Por ahora se ha preferido incrementar la pensión a partir de la UMA que es lo que, precisamente, menos ha beneficiado a los jubilados/pensionados. Según las cuentas de la abogada investigadora, la aplicación de la UMA como referencia de actualización representó para la determinación del incremento de las pensiones una pérdida para el beneficiario de 6.39 por ciento el año pasado.
Pero ese es otro asunto, otro que tendrá seguramente que abordarse tarde o temprano ahora que llega la “cuarta transformación” que desea hacerle justicia a los adultos mayores.